Modifican Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común (Ley No. 27157)
Como parte de nuestro interés por mantenerlos informados, les informamos que el día 27 de julio de 2018, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, la Ley N° 30830 que modificó el artículo 3 de la Ley N° 27157 – Ley de regularización de edificaciones, referida al procedimiento para la declaratoria de fábrica del régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común. En ese sentido, los propietarios de edificaciones ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2016, que hayan sido construidas sin licencia de construcción, conformidad de obra o que no cuenten con declaratoria de fábrica, independización y/o reglamento interno, de ser el caso, podrán sanear su situación de acuerdo al procedimiento establecido en la ley.
La regularización procede para aquellos casos de propietarios de predios que se hayan acogido con anterioridad al procedimiento de regularización dispuesto por el mencionado artículo 3 respecto a edificaciones terminadas al 20 de julio de 1999 o dentro del plazo establecido por la disposición complementaria décimo cuarta de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y en los que se hayan efectuado nuevas edificaciones, ampliaciones, demoliciones o remodelaciones en el mismo predio con posterioridad a dicha fecha.
La norma entró en vigencia desde el 28 de julio de 2018 y el Poder Ejecutivo debe adecuar el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, aprobado por el Decreto Supremo 035-2006-VIVIENDA dentro de un plazo de 30 días.
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Rolando Lema Hanke
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