Implicancias laborales que se generaron con la ampliación de la Emergencia Nacional y Sanitaria
Ante la promulgación del Decreto Supremo N° 027-2020-SA, que prorroga la Emergencia Sanitaria hasta el 06 de diciembre de 2020 y el Decreto Supremo N° 146-2020-PCM, que amplía el Estado de Emergencia hasta el 30 de setiembre de 2020.
Entre las principales implicancias laborales que trae la ampliación de la Emergencia Sanitaria, tenemos:
- La Suspensión Perfecta de Labores: Se ampliaría hasta el 05 de enero de 2021, salvo norma distinta.
- La aplicación de la modalidad de trabajo para el grupo de riesgo: Se prorrogaría la modalidad de trabajo remoto. Salvo se reincorporen de forma voluntaria.
- El subsidio excepcional por incapacidad temporal: Si durante la Emergencia Sanitaria un trabajador resulte con un diagnóstico positivo de COVID-19, EsSalud abonará un subsidio excepcional, conforme a los requisitos establecidos.
- Modificación de Turnos de Trabajo: Mientras dure la Emergencia Sanitaria, los empleadores pueden modificar y establecer de manera escalonada los turnos y horarios de trabajo de sus colaboradores, sin perjuicio del derecho al descanso semanal obligatorio.
Asimismo, se deben tomar en cuenta otras medidas que dispone la ampliación del Estado de Emergencia, entre ellas tenemos:
- La inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado a nivel nacional; con excepción de algunas localidades.
- Los domingos, la inmovilización social es obligatoria para todos los ciudadanos a nivel nacional durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente, salvo para el personal de actividades esenciales.
- Las personas que pertenecen al grupo de riesgo, no pueden salir de su domicilio, salvo algunas excepciones.
- Los niños, niñas y adolescentes menores de 14 años, deben permanecer en sus domicilios. Y en el caso, que se desplacen solo podrán realizarlo por treinta minutos al día acompañados de un adulto.
- Las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas.
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Rodrigo Varillas Cueto
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