Proyecto de Ley que delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica
Con fecha 27.10.2021 el Poder Ejecutivo ha enviado al Congreso el Proyecto de Ley que delega al ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica por el plazo de 120 días calendario.
En específico, en cuanto a las medidas TRIBUTARIAS y FISCALES, a continuación, exponemos algunos de los principales puntos sobre los que el Poder Ejecutivo solicita se le faculte:
IMPUESTO A LA RENTA
El Ejecutivo modificaría las reglas sobre la deducción de gastos y costos para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta (IR), por lo que podría esperarse limitaciones y condiciones para deducir gastos e, inclusive, nuevos gastos prohibidos.
De otro lado, se pretende gravar a las personas jurídicas domiciliadas con el IR a los dividendos, que hoy no están gravados cuando los distribuye otra sociedad domiciliada, lo cual podría generar una distorsión técnica.
En relación a los Precios de Transparencia, se pretende perfeccionar, entre otros, las normas sobre valor de mercado relativas a la transferencia de valores mobiliarios.
De igual modo, se plantea la modificación de las rentas netas presuntas de fuente peruana que perciban los contribuyentes no domiciliados y las sucursales, así como perfeccionar el marco legal de la renta que obtienen los asociados en los contratos de asociación en participación.
En cuanto a las personas naturales, se modificaría la determinación y las tasas del IR sobre las rentas de arrendamientos (primera categoría) y las rentas sobre ganancias de capital y otras rentas del capital (segunda categoría), incluyendo también cambios en cuanto a las reglas de habitualidad para la venta de inmuebles y la adopción de rentas fictas y/o presuntas.
Además, se modificaría también el aspecto cuantitativo en la determinación del IR de los contribuyentes por sus rentas de fuente extranjera y las disposiciones sobre los incrementos patrimoniales no justificados.
TRIBUTACIÓN SECTORIAL
El Ejecutivo buscaría perfeccionar el Régimen Fiscal Minero, modificando la Ley de Regalía Minera, la Ley que crea el Impuesto Especial a la Minería.
CONVENIOS
El Ejecutivo plantea uniformizar el costo por el acceso a la estabilidad que prevén los convenios de estabilidad jurídica regulados por los Decretos Legislativos No. 662 y No. 757.
REGÍMENES TRIBUTARIOS PARA PEQUEÑAS Y MICRO EMPRESAS
Al respecto, se plantea crear un Régimen Simplificado del Impuesto a la Renta para empresas de menor tamaño, lo cual incluye, modificar la Ley del Nuevo RUS, suprimir el RER (Régimen Especial del Impuesto a la Renta) y eliminar el Régimen MYPE Tributario – RMT.
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
En el IGV, el Ejecutivo plantea establecer un mecanismo de recaudación del IGV por aquellas operaciones realizadas con sujetos no domiciliados en el marco de la economía digital, como son las plataformas de streaming como Netflix o Disney, entre otras.
Asimismo, se plantea incorporar dentro del ámbito de aplicación del IGV a las pólizas de seguros de vida; simplificar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes teniendo en cuenta el uso de herramientas tecnológicas; prorrogar la vigencia de la exoneración del Impuesto General a las Ventas a las operaciones contenidas en los Apéndices I y II.
CÓDIGO TRIBUTARIO
En relación con el Código Tributario, el Ejecutivo procurará optimizar los procedimientos que permitan disminuir la litigiosidad.
De igual modo, modificar los supuestos para la emisión de órdenes de pago y optimizar las facultades de fiscalización de la SUNAT para adecuarlas a la transformación digital.
Asimismo, se plantea incorporar la responsabilidad de los asesores fiscales que participan o elaboran esquemas de elusión tributaria y modificar la Norma VII del Título Preliminar del Código Tributario a fin de perfeccionar las reglas generales para la dación de exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios y dotarlos de transparencia.
Como es sabido, también se pretende modificar las infracciones y sanciones con el fin de adecuarlos a los nuevos regímenes tributarios, promover el cumplimiento tributario, así como adecuarlos a la normativa que se emita en razón de estas modificaciones.
SISTEMAS DE SUNAT
Al respecto, el Ejecutivo plantea propone crear perfiles para cada contribuyente en función del cumplimiento de sus obligaciones ante la SUNAT; perfeccionar la Ley del Registro Único de Contribuyentes y modificar la Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía.
Asimismo, plantea otorgar preeminencia, en el caso de las devoluciones a cargo de la SUNAT, al abono en cuenta corriente o de ahorros sobre los otros medios de devolución, adoptándose las medidas necesarias para ello, incluyendo la apertura de cuentas de oficio en el Banco de la Nación.
TRIBUTOS MUNICIPALES
En cuando a esto, el Ejecutivo modificaría la Ley de Tributación Municipal a fin de ampliar el ámbito de aplicación de los tributos, su base tributaria, las alícuotas, simplificar su determinación, y optimizar los mecanismos para su cobranza.
TRIBUTOS ADUANEROS
En relación con los tributos aduaneros, el Ejecutivo modificaría la Ley General de Aduanas y Ley de los Delitos Aduaneros, para facilitar y otorgar predictibilidad a las operaciones de comercio exterior, perfeccionar los regímenes aduaneros especiales, y agilizar los procesos y optimizar la represión de los ilícitos aduaneros, incluyendo aspectos de obligación tributaria aduanera, devoluciones, tipicidad de delitos aduaneros y sus infracciones y disposición de mercancías.
En ese sentido, esperemos que se emitan las normas modificatorias con el consenso técnico, debido a que muchas de las medidas parecen pensadas para recaudar más de los mismos contribuyentes, con mayor presión fiscal, pero sin ampliar la base tributaria.
En ese contexto, en Thorne, Echeandía & Lema Abogados, estaremos atentos a las modificaciones, informaremos los cambios cuando se emitan y estaremos preparados para defender los intereses tributarios de nuestros clientes.
Jesús A. Ramos Angeles
Paola De La Cruz Rojas
Cindy Palomino Sánchez
cindy.palomino@thelemabogados.pe
Claudia Carolina Arriaga Cáceres
El presente informativo contiene lineamientos generales de la norma comentada y no debe ser considerado como una opinión legal ante una consulta específica. De requerir mayores alcances de la misma, se recomienda consultar con el suscrito.