Aprueban el Procedimiento General “CERTIFICACIÓN DEL OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO”
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000061-2022/SUNAT se aprueba el Procedimiento General “CERTIFICACIÓN DEL OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO” DESPA-PG.29 (VERSIÓN 3).
A la fecha pueden certificarse como OEA los siguientes operadores: Importadores, Exportadores, Almacenes Aduaneros, Agencias de Aduana y Empresas del Servicio de Entrega Rápida.
Esta certificación es otorgada previa aprobación de la SUNAT, siempre que se cumplan con los requisitos previstos en las normas legales vigentes.
En líneas generales, para calificar para postular a una certificación OEA, la empresa debe acreditar contar con una trayectoria satisfactoria de cumplimiento de la normativa vigente, un sistema adecuado de registros contables y logísticos que permita la trazabilidad de las operaciones, solvencia financiera debidamente comprobada y un nivel de seguridad adecuado.
Dentro de las ventajas de estar certificado como un OEA tenemos:
- Disminución del control aduanero en despachos de importación y exportación
- Atención preferente en trámites aduaneros (expedientes de reclamación, devolución, regularización de despachos de exportación, otros)
- Reducción de plazos en trámites aduaneros (rectificación en DAM de exportación e importación, acciones de control extraordinario)
- Actuación directa de exportadores e importadores como despachadores de aduana, exonerado del pago de garantía para operar.
- Garantía nominal para el requerimiento previsto en el artículo 160° para despachos de importación.
- Acceso a las facilidades previstas en los acuerdos de reconocimiento mutuo.
- Asignación de un sectorista para orientación y asistencia especializada en los procedimientos vinculados al Programa OEA a nivel nacional.
La Certificación OEA se otorga a nivel global en casi todos los países del mundo, previo cumplimiento de ciertas medidas de seguridad y de la cadena de buenas prácticas en el suministro internacional de mercancías.
Uno de los aspectos más importantes de la Certificación OEA, son los beneficios que otorgan a los operadores de comercio exterior, entre ellos importadores y exportadores, a través de los denominados Acuerdos de Reconocimiento Mutuo por parte de las Administraciones Aduaneras de determinados países; mediante el cual se brindan facilidades en el cumplimiento de los procedimientos regulares de importación y exportación en los países de destino de sus productos.
Con ello se obtienen reducciones importantes en tiempos y costos derivados del control aduanero; ya que cuando se trata de un producto fabricado y exportado por un proveedor OEA se facilitarán los controles de seguridad, flujo y despacho de las mercancías en el país de importación.
Actualmente el Perú ha celebrado Acuerdos de Reconocimiento Mutuo con los siguientes países:
- Corea del Sur
- Estados Unidos de América
- Alianza del Pacifico (Colombia, Chile y México).
- Comunidad Andina (Bolivia, Colombia y Ecuador)
- Brasil
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Jose Luis Sorogastúa Ruffner
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