Modifican la Ley del IGV e ISC
El pasado 05 de mayo de 2023 se publicó el Decreto Legislativo N° 1552, que modifica el artículo 33 de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, incorporando el numeral 13 referido a exportación de joyas. La referida norma entrará en vigencia en conjunto con la publicación de su norma reglamentaria, misma que deberá ser publicada en un plazo no mayor de 180 días contados a partir del 06 de mayo de 2023.
Dicha modificación alcanza a la venta de metales realizada por productores mineros a favor de fabricantes nacionales de joyas, considerándolo como exportación de bienes, siempre y cuando estén destinadas a su exportación, en concreto, que el metal transferido sea incorporado en el producto que va a ser exportado, y a la fecha de realización de la operación, el productor minero y el fabricante se encuentren inscritos en los registros que establezca el reglamento, los cuales tienen carácter constitutivo. Adicional a ello, no deben haber sido calificados con alguno de los 2 niveles más bajos de cumplimiento, establecidos en el Decreto Legislativo N° 1535 y normas reglamentarias.
El referido Decreto Legislativo ha establecido una serie de condiciones para que la venta de metales realizada por el productor minero sea considerada como una operación de exportación, tales como la comunicación a SUNAT, el otorgamiento de la conformidad por parte del fabricante nacional, cumplir con embarcar las joyas en el plazo de 60 días hábiles, entre otros.
Esta modificación permitirá promover la venta de metales a los fabricantes nacionales de joyas. No obstante, cabe indicar que la vigencia de estas modificaciones está sujeta a partir de la entrada en vigencia de la norma que reglamente el supuesto previsto.
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