Entra en vigencia: Conoce el Reglamento del Procedimiento de Atribución de la Condición de Sujeto Sin Capacidad Operativa
Mediante el Decreto Supremo No. 319-2023-EF, publicado el 30 de diciembre del 2023 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Atribución de la Condición de Sujeto Sin Capacidad Operativa (“SSCO”), que establece, entre otros, lo siguiente:
- Respecto al procedimiento para atribuir la condición de SSCO:
Este procedimiento inicia con la notificación conjunta de la carta mediante la cual la Administración Tributaria presenta a los agentes fiscalizadores y del requerimiento para que el sujeto presente los medios probatorios a fin de desvirtuar cada una de las situaciones advertidas. De no ocurrir esta notificación conjunta, se considera iniciado el procedimiento en la fecha en la que surte efectos el último documento.
En adición, en la norma se establecen los datos mínimos que deben contener los documentos de este procedimiento, dígase; cartas, requerimiento y resultado de requerimiento.
Asimismo, la norma señala que cuando se han desvirtuado cada una de las situaciones detectadas que originaron el inicio del procedimiento, este culmina con la notificación del resultado del requerimiento.
Si no se han desvirtuado cada una de las situaciones detectadas que originaron el inicio del procedimiento, además del resultado de requerimiento, SUNAT deberá notificar al sujeto la resolución mediante la cual se le atribuye la condición de SSCO.
- Respecto de la publicación de la condición de SSCO:
La publicación de la condición de SSCO se mantiene en la página web de la Sunat por un plazo de 4 años contados a partir del día calendario siguiente de efectuada la publicación en la página web de la Sunat y en el Diario Oficial “El Peruano”.
Además, la norma dispone los datos mínimos que debe contener la publicación de la relación de SSCO, tales como, nombre(s) y apellidos del SSCO o su denominación o razón social, domicilio fiscal, número de RUC, número de la resolución de atribución de la condición de SSCO, su fecha de emisión y la fecha en que esta quedó firme y otros adicionales.
Cabe señalar que dicho Reglamento entra en vigencia el 1 de enero del 2024.
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