Requisitos para calificar como Operador Económico Autorizado (OEA)
¿Tu empresa aún no se ha certificado como Operador Económico Autorizado (OEA) ante SUNAT? Aprovecha los beneficios derivados de dicha certificación.
Verifica si cumples con los requisitos:
1°Contar con estados financieros conforme a la legislación nacional que refleje capacidad de cumplir obligaciones.
2°En los últimos 4 años, no reflejar pérdidas por 3 años consecutivos.
3°No estar inmerso en procedimiento concursal de reestructuración patrimonial, quiebra o liquidación.
4°En los últimos 4 años, no contar con más de 3 resoluciones de pérdida de aplazamiento o fraccionamiento notificadas.
5°No tener deuda tributaria o aduanera recaudada por SUNAT con procedimiento de cobranza coactiva en trámite.
6°Acreditar patrimonio neto declarado ante SUNAT en la DDJJ anual de IR de 3° categoría.
7°RUC activo. No tener condición de no habido.
8°Haber presentado últimas 4 DDJJ anuales del IR de 3° categoría, información de estados financieros y balance de comprobación (solo de encontrarse obligado).
9°Haber presentado sus DDJJ de obligaciones tributarias durante los últimos 12 meses.
10° Haber regularizado sus DAM durante los últimos 12 meses.
11°No tener deudas tributarias y aduaneras con medidas cautelares previas en los últimos 4 años.
12°Mantener vigentes los permisos y licencias de los locales destinados a operaciones aduaneras.
13°No haber sido sancionado con resolución firme por infracciones de Anexo 2 en los últimos 4 años.
14°Representante legal ante SUNAT no debe registrar investigaciones, procesos judiciales en trámite o condenas por delito tributario, aduanero, entre otros. Tampoco tener sanción por infracción administrativa vinculada a delito aduanero en los últimos 4 años, salvo que se haya dejado sin efecto.
15°Debe contar con un Programa de Gestión de Seguridad de la cadena logística del comercio internacional que incluya un Manual de Procedimientos que defina los objetivos y políticas de seguridad del operador, y asimismo establezca los procesos y procedimientos para implementar, mantener y mejorar la seguridad en sus operaciones, formulados sobre la base de análisis y evaluación de riesgos, orientados a prevenir, asegurar y reconocer amenazas en la seguridad de la cadena logística.
16°Debe evaluar, seleccionar y conocer a sus asociados de negocio a fi n que, al iniciar o renovar relaciones comerciales, el operador pueda asegurarse de su confiabilidad.
17°Debe disponer de infraestructura física y logística que le permita ejercer de manera segura las actividades que desarrolla, así como garantizar la seguridad de sus instalaciones.
Como siempre, en Thorne, Echeandía & Lema Abogados, estamos atentos a cualquier consulta, ampliación o precisión adicional que tenga sobre el impacto legal y aduanero de la información contenida en el presente informativo.
De ser así, no dude en contactarse con nuestro equipo aduanero.
José Luis Sorogastúa Ruffner
Mauricio Ruiz Rosado