
Aprueban Reglamento de la Ley de promoción del uso Inteligencia Artificial en el país
Recientemente, se aprobó el Reglamento de la Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país (en adelante, el “Reglamento”).
Dentro de las principales novedades, tenemos las siguientes:
- Ámbito de aplicación: se aplica a las entidades de la Administración Pública, las empresas que realizan actividad empresarial del Estado, las empresas públicas de los gobiernos regionales y locales, y las organizaciones del sector privado, la sociedad civil, ciudadanos y la academia que integran el Sistema Nacional de Transformación Digital.
- Principios: incorpora principios que rigen del desarrollo, implementación y uso de sistemas basados en IA, tales como el principio de no discriminación, el principio de privacidad de los datos personales, el principio de respeto del derecho de autor y derechos conexos, el principio de supervisión humana.
- Autoridad Nacional: complementa la Ley precisando las responsabilidades de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), en su rol de autoridad técnico-normativa en la dirección, evaluación y supervisión del uso y de la promoción del desarrollo de la IA.
- Sandbox regulatorio: la SGTD (en coordinación con las entidades de la Administración) emitirá normas sobre entornos de experimentación y prueba controlada que permita probar el desarrollo y uso de productos y servicios digitales en un entorno flexible, que garantice la seguridad y evalúe sus efectos antes de su implementación a gran escala.
- Impulso a las MIPYMEs y Emprendimientos Innovadores: SGTD promoverá mecanismos de financiamiento y apoyo en el uso y adopción (en el caso de las MIPYMEs) y en el desarrollo y creación (en el caso de Emprendimientos Innovadores) de sistemas basados en IA.
- Gestión de Riesgos: se clasifican los riesgos generados por el uso de la IA en uso indebido y uso de riesgo alto.
El uso indebido de la IA implica que su utilización implique el impacto de manera irreversible, significativa y negativa en los derechos fundamentales o el bienestar de las personas (se encuentra prohibido).
El uso de riesgo alto implica que el uso de la IA suponga un riesgo para la vida humana, la dignidad, la libertad, la seguridad física y los demás derechos fundamentales de las personas (puede realizarse cumpliendo determinadas condiciones y controles).
El uso de la IA que no califique como uso indebido y/o uso de riesgo alto, califica como uso de riesgo aceptable.
- Transparencia algorítmica: el responsable de desarrollar o implementar un sistema de IA clasificado como de alto riesgo, debe implementar medidas que aseguren la transparencia del algoritmo.
Esto implica brindar al usuario, de manera anticipada, clara y accesible, información sobre el propósito o uso del sistema, sus principales funcionalidades y el tipo de decisiones que puede generar.
- Protección de la privacidad de datos: el desarrollo, implementación y uso de la IA debe cumplir con la normativa sobre privacidad y protección de datos personales.
- Mecanismos de alertas y denuncias: las personas pueden alertar sobre el uso indebido de la IA o el incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, a través del canal digital sobre Inteligencia Artificial que la PCM implementará en su sede digital.
Asimismo, los afectados negativamente por sistemas basados en IA pueden comunicar los hechos o realizar la denuncia respectiva ante la autoridad competente (por ejemplo, INDECOPI, la División de Investigación de Ciberdelincuencia).
- Vigencia: el Reglamento entró en vigencia el 10 de setiembre de 2025. No obstante, las obligaciones generales y de transparencia algorítmica, tanto para las entidades públicas como para las organizaciones privadas, se implementarán gradualmente en función del cronograma establecido en el Reglamento.
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