¿Cómo proteger tu inmueble ante un fraude o acto no autorizado mientras no puedes supervisarlo?
La inmovilización de partidas es la herramienta perfecta para bloquear cualquier intento de disposición (como ventas o hipotecas) sobre tu propiedad sin tu consentimiento. Este procedimiento te garantiza la seguridad jurídica frente a fraudes registrales, impidiendo cualquier acto no autorizado. Si vas a estar ausente o simplemente quieres mayor control sobre tu predio, esta medida es ideal.
La inmovilización permite publicitar la voluntad del propietario registral de cerrar voluntaria y temporalmente la partida del predio, impidiendo la inscripción inmediata de cualquier acto de disposición, gravamen o carga voluntaria hasta su posterior comprobación o levantamiento.
Tipos de inmovilización y normativa vigente
Según la Directiva DI-01-2022-SDNR-DTR (V.03), existen dos modalidades excluyentes de inmovilización:
- Inmovilización con asiento registral: Se formaliza mediante escritura pública ante notario y permite inscribir el bloqueo directamente en la partida del predio.
- Inmovilización con aviso electrónico: Este trámite es más ágil y no requiere escritura pública. Se realiza de forma completamente electrónica, lo que permite proteger el inmueble de manera inmediata.
Lo que señala el Tribunal Registral:
La Resolución N.º 170-2014-SUNARP-TR-L, el Tribunal Registral establece: “Si las instancias registrales en su tarea de calificación advierten que, confrontado el título con la partida registral, existe algún acto de disposición, carga o gravamen voluntario no inscrito de fecha cierta anterior al asiento de presentación, debe declararse improcedente la solicitud de inmovilización de partida”.
En ese sentido, es esencial asegurarse de que todos los actos señalados estén debidamente inscritos antes de presentar cualquier solicitud de inmovilización. Esto garantizará que la calificación registral no encuentre obstáculos que puedan llevar al rechazo de nuestra solicitud por parte del registrador.
¿Cómo se solicita la inmovilización?
- Inmovilización con asiento registral: Requiere la presentación de una minuta notarial, una declaración jurada asegurando que no existen cargas no inscritas, y una copia literal actualizada del inmueble.
- Inmovilización con aviso electrónico: Este proceso es completamente digital e incluye una declaración jurada y el pago de derechos administrativos correspondientes.
¿Quién puede solicitarla?
Cualquier titular registral puede solicitar la inmovilización de su inmueble. En casos de copropiedad, cualquiera de los copropietarios puede inmovilizar su cuota ideal. Si el inmueble está bajo el régimen de sociedad de gananciales, uno de los cónyuges puede solicitar el trámite para proteger el patrimonio familiar.
Duración de la inmovilización
La inmovilización puede durar hasta 10 años. Si no se establece un plazo en la solicitud, se aplicará automáticamente este periodo máximo, según la normativa vigente.
Caso real: Protección frente a fraudes registrales
Sofía Alva, una empresaria que debía viajar al extranjero por varios meses, decidió proteger su inmueble mediante una inmovilización con aviso electrónico. Durante su ausencia, cualquier intento de disponer de su propiedad sin su consentimiento fue bloqueado automáticamente, garantizándole tranquilidad y seguridad frente a fraudes.
La inmovilización de partidas es una medida eficaz para proteger tu propiedad contra fraudes registrales o actos no autorizados. Si eres empresario, propietario o inversionista, esta herramienta es clave para mantener el control total sobre tu inmueble. ¡No dejes pasar la oportunidad de proteger tu inversión!
En Thorne, Echeandía y Lema Abogados estamos atentos a cualquier requerimiento de propuesta de servicios, así como para consultas, ampliaciones o precisiones.
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Segundo A. Campos Santillán
Alejandra Ojeda del Arco Escobar