Crean Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM
Con fecha 02 de febrero de 2019, fue publicado el Decreto Supremo N° 008-2019-JUS, Reglamento de la Ley N° 28970 que crea el “Registro de Deudores Alimentarios Morosos”, mediante la cual se establecen obligaciones para las oficinas de recursos humanos del sector privado.
Al respecto, la norma bajo comentario establece que:
- Las entidades del sector privado deben informar a los/las postulantes o los/las trabajadores/as que sean deudores alimentarios morosos:
La importancia del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.
La posibilidad de acordar la firma de una autorización del descuento por planilla o por otro medio de pago.
- La oficina de recursos humanos o la que haga sus veces debe comunicar al REDAM la autorización de descuento, dentro del plazo de tres (3) días hábiles luego de haber suscrito la autorización.
- Las entidades del sector privado, a través de sus oficinas de recursos humanos o las que hagan sus veces, deben verificar semestralmente si sus trabajadores/as se encuentran inscritos en el REDAM, con la finalidad de incentivar la suscripción de las autorizaciones de descuento.
Finalmente, el Decreto Supremo entró en vigencia a partir del 03 de febrero del 2019.
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