Facultan a las Entidades del Sistema Financiero a reprogramar nuevamente los créditos otorgados en el marco del Programa “Reactiva Perú”
Mediante el Decreto de Urgencia N° 011-2022 (en adelante, el “DU”) publicado el 13 de mayo de 2022, se dictaron medidas extraordinarias complementarias, en materia económica y financiera, para que las Empresas del Sistema Financiero (ESF) con sus recursos propios puedan reprogramar los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú” (en adelante, el “Programa”).
El DU establece los siguientes requisitos para que las compañías puedan acceder a la mencionada reprogramación: (i) contar con un crédito garantizado con el Programa y (ii) para el caso de créditos entre S/ 90,001.00 hasta S/ 10’000,000.00, demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al treinta por ciento (30%) en el año 2021 respecto del año 2019. El plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones es el 31 de diciembre de 2022.
Asimismo, el DU autoriza a las ESF a establecer un nuevo período de gracia para los beneficiarios de las reprogramaciones de hasta veinticuatro (24) meses (adicionales al periodo de gracia original establecido). Respecto al sector turismo, las ESF pueden otorgar un período de gracia de hasta doce (12) meses adicionales al plazo anteriormente señalado en el DU. Los beneficiarios únicamente pagarán los intereses y las comisiones correspondientes durante el período de gracia que se les otorgue.
El Reglamento Operativo del Programa, el cual deberá ser adecuado al DU en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contados desde el 14 de mayo de 2022, podrá establecer otros requisitos y criterios de exclusión para las reprogramaciones de los créditos.
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Alfred Kossuth Wieland
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