Modifican el plazo de Licencia de Paternidad
Con fecha 5.7.2018 se publicó la Ley N° 30807, “Ley que modifica el plazo de licencia por paternidad de los trabajadores de la actividad pública y privada”, mediante la cual se establece un nuevo plazo de la referida licencia y precisa supuestos especiales para su goce.
Así, en virtud de la Ley N° 30807, en adelante “La Ley”, se ha ampliado los días hábiles de goce de licencia de paternidad a diez (10) días hábiles. Adicionalmente, ha regulado algunos casos relacionados con el goce y la oportunidad de uso de la licencia, las mismas que detallamos a continuación:
- En caso de nacimientos prematuros y partos múltiples, el plazo de la licencia será de veinte (20) días calendarios consecutivos.
- En caso de nacimientos con enfermedad congénita terminal o discapacidad severa. el plazo de la licencia será de treinta (30) días calendarios consecutivos.
- En caso de complicaciones graves en la salud de la madre, el plazo de la licencia será de treinta (30) días calendarios consecutivos.
- En el supuesto que la madre muera durante el parto o mientras goza de su licencia por maternidad, el padre del hijo/a nacido/a será beneficiario de dicha licencia con goce de haber, de manera que el padre trabajador gozará de la acumulación de las licencias.
Finalmente, debemos mencionar que la Ley entró en vigencia el 6 de julio de 2018.
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Rodrigo Varillas Cueto
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