Otorgan beneficios laborales a trabajadores a cargo de personas con Alzhéimer y otras demencias
Con fecha 28 de diciembre del 2018, fue publicado el Decreto Supremo 030-2018-SA que aprobó el Reglamento de la Ley N° 30795, Ley para la Prevención y Tratamiento de la Enfermedad de Alzhéimer y Otras Demencias, el mismo que establece medidas para la prevención, evaluación, diagnóstico y tratamiento a las personas que padecen dichas enfermedades.
Al respecto, el referido Reglamento establece que los trabajadores que califiquen como familiares directos y cuidadores a cargo de la atención de los pacientes con enfermedad de Alzheimer y otras demencias, podrán gozar de un permiso remunerado otorgado hasta por una jornada laboral al año. Asimismo, este permiso remunerado puede gozarse por horas, no necesariamente continuas, siempre que no supere el equivalente a una jornada laboral del trabajador dentro del año calendario respectivo.
Para el goce del permiso remunerado, el trabajador debe presentar a su empleador, con una anticipación mínima de 72 horas, lo siguiente:
- Una comunicación escrita por medio físico o electrónico solicitando el otorgamiento del permiso remunerado e indicado la fecha de goce, así como la cantidad de horas requeridas y los hechos que lo motivan.
- En el caso de familiar directo, la documentación que acredita su vínculo con el paciente.
- En el caso del cuidador, la designación vía notarial, certificado médico, informe médico, constancia policial o certificado domiciliario respectivo.
Cabe resaltar que, el trabajador podrá solicitar facilidades extraordinarias adicionales, tales como ajustes en la jornada laboral (horario y/o turnos de trabajo), permisos remunerados adicionales, licencias con goce o sin goce de haber; así como otras facilidades; las mismas que estarán sujetas a la autorización del empleador.
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