Prorrogan plazos para pagar cuotas de fraccionamiento: Modifican causales de pérdidas de los aplazamientos y/o fraccionamientos o refinanciamientos
El día de hoy 28.5.2020 se ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 096-2020/SUNAT, la misma que modifica la Resolución N° 058-2020/SUNAT, respecto a las causales de pérdida de los aplazamientos y/o fraccionamientos o refinanciamientos.
En ese contexto, tratándose de deudores tributarios con aplazamientos y/o fraccionamientos o refinanciamientos de la deuda tributaria por tributos internos concedidos hasta el 15.3.2020, respecto de los cuales la SUNAT no hubiera notificado hasta dicha fecha la resolución que declara su pérdida, se aplican nuevas reglas a fin de que no se vean perjudicados si es que por falta de liquidez, incumplen sus pagos durante este periodo de emergencia.
En general, las cuotas de fraccionamiento, cuotas finales, cuotas de acogimiento, deudas aplazadas, cuotas de refinanciamiento, intereses y otros pagos de este tipo de beneficios que vencían entre el 31.3.2020 y el 30.6.2020 (cuotas de marzo, abril, mayo y junio) que no se cumplan o no se efectúen, que usualmente generarían la pérdida del beneficio bajo distintas condiciones, no serán causales de pérdida siempre que se regularice su pago (con los intereses moratorios que correspondan) hasta el 31.7.2020.
Esta medida aplica a cualquier contribuyente, sin importar su nivel de ingresos o ventas. Sin embargo, no aplica a sujetos que estén ya beneficiados con las medidas de flexibilización de fraccionamiento dadas en marzo de 2019 por el artículo 13 de la Resolución de Superintendencia N° 051-2019/SUNAT (aplicable en el caso de desastres naturales, no de estados de emergencia).
La norma entra en vigencia el día de mañana 29.5.2020.
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