Se modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
El 9 de abril del 2024, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo No.047-2024-EF (en adelante, “el Decreto Supremo”) que modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (en adelante, “la LIR”).
El objetivo principal del Decreto Supremo es adecuar el Reglamento de la LIR a las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo No. 1541 a la LIR, que incluye el tratamiento tributario aplicable a los Contratos de Asociación en Participación con la finalidad de perfeccionar el tratamiento tributario de estos Contratos frente a la distribución de dividendos.
Las modificaciones principales que se encuentran relacionados con los Contratos de Asociación en Participación son las siguientes:
- La modificación de los dividendos y otras formas de distribución de utilidades como la participación del asociado en un Contrato de Asociación en Participación. Es decir, la participación del asociado ya no constituye un costo deducible, sino una distribución de dividendos.
- Ajustes en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta para reflejar definiciones y asegurar su correcta aplicación tributaria. Entre otros, se ha establecido que el asociante de un contrato de asociación de participación deberá efectuar la retención por distribución de dividendos, cuando estos sean personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país, o personas no domiciliadas en el país, respectivamente. No aplica la retención cuando el asociante tenga la condición de persona jurídica domiciliada en el país
En este escenario, la obligación de retener nacerá cuando tales dividendos y otras formas de distribución de utilidades se pongan a disposición en efectivo o en especie.
- De acuerdo con lo señalado, este Decreto Supremo se alinea con las enmiendas realizadas por el Decreto Legislativo No. 1541, que entró en vigor el 1 de enero de 2023, que tuvo como objetivo el mejorar el tratamiento tributario aplicable a dichos contratos.
Las modificaciones señaladas en el Decreto Supremo se encuentran vigentes desde el 10 de abril del 2024.
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