SUNARP permitirá la inscripción de la constitución de empresas a través de su plataforma SID-SUNARP
Mediante Resolución N° 045-2020-SUNARP, publicada el día 28 de abril de 2020 (en adelante la “Resolución”), se dispone que los partes notariales que contengan el acto constitutivo de ciertas empresas a inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y de la Oficina Registral del Callao, se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (en adelante “SID-SUNARP”).
- Sobre las empresas
A partir del 25 de mayo de 2020, se expedirán con firma digital y se tramitarán exclusivamente a través del SID-SUNARP los partes notariales que contengan el acto constitutivo de las siguientes empresas:
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- Sociedades Anónimas (S.A.)
- Sociedades Anónimas Cerradas (S.A.C.)
- Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada (S.C.R.L.)
- Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)
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- Sobre las exclusiones
Los partes notariales antes mencionados comprenden únicamente los traslados de instrumentos públicos extendidos por notarios en el territorio nacional. Por lo tanto, se encuentran excluidos:
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- Los traslados instrumentales expedidos por cónsules cuando ejercen función notarial fuera del país o aquellos instrumentos otorgados fuera del territorio nacional conforme al régimen legal extranjero.
- Los traslados instrumentales expedidos por el Archivo General de la Nación o por los archivos departamentales, correspondientes al acervo documentario del notario cesado.
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- Sobre la asignación de Registro Único de Contribuyente (RUC)
La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT asignará de forma automática el número de RUC de la empresa una vez que se haya realizado la inscripción registral de la misma.
De esta manera, el notario entregará el formato de solicitud de acceso, en caso corresponda, así como la clave SOL y el código de usuario, al representante de la empresa o a la persona designada por ésta, teniendo en cuenta el procedimiento que para tal efecto establezca la SUNAT.
Esta norma mejora los procesos de la SUNARP facilitando la presentación virtual de los partes notariales que contengan actos constitutivos de empresas. Esta medida será permanente desde el 25 de mayo del año en curso y, en la coyuntura actual, resulta consecuente con el propósito general del gobierno de evitar la propagación del COVID-19.
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Alfred Kossuth Wieland
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