SE INCORPORA COMO SUPUESTO DE RENTA DE FUENTE PERUANA A LA ORIGINADA POR LA VENTA DE RECURSOS HIDROBIOLÓGICOS EXTRAÍDOS EN MAR PERUANO
Como se sabe, mediante la Ley No. 31380, se ha delegado al Poder Ejecutivo la facultad para legislar, entre otras, en materia tributaria y fiscal por un periodo de 90 días calendarios. En este contexto normativo, el 30 de diciembre de 2021 se ha publicado el Decreto Legislativo No. 1518, mediante el cual se ha modificado la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), y se ha incorporado como renta de...Read More
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