Turistas no necesitarán RUC para recibir factura electrónica
Mediante la Resolución de Superintendencia No. 000005-2023/SUNAT (en adelante “la Resolución”), publicada el 10 de enero de 2023 en el Diario Oficial “El Peruano”, se modifica el Reglamento de Comprobantes de Pago y la normativa sobre emisión electrónica para permitir la emisión de facturas a turistas.
La Resolución fue emitida con la finalidad de implementar la devolución del Impuesto General Ventas (IGV) a turistas para lo cual se permite que, en las operaciones de venta de bienes en el país, los establecimientos autorizados puedan emitir facturas a turistas que carecen de número de RUC, así como notas de crédito y de débito vinculadas a estas, todo ello a efectos de fomentar las ventas e impulsar el turismo en nuestro país.
Por lo que, los extranjeros no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas y adquieran bienes en los establecimientos autorizados estarían exceptuados de poseer un número de RUC a la hora de adquirir un bien, recibiendo una factura electrónica, siempre y cuando el propio turista traslade estos bienes al exterior al retorno a su país por vía aérea o marítima, y con ello se les devuelva el IGV.
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